
Os adjunto un archivo PDF con el contenido de la nueva normativa de seguridad e higiene, en la que hace referencia a la acreditación previa de las empresas formadoras y los programas formativos.
Este blog quiere ser una herramienta de comunicación entre profesores, alumnos y profesionales del sector de la hostelería y el turismo
estimados Señores/as
ResponderEliminarSu nota dice:
...Los artículos 2 y 4 hacen referencia a los cambios en la normativa sobre el carné de manipulador de alimentos.
Pero al leer el BOE (19/02/2010)el segundo artículo no refieren a manipulación de alimentos, refieren a almacenaje de medicamentos y modificación de redacción de otra cosa.
Es en disposición derogatoria única que se habla de manipulación de alimentos.
Tiene ud. razón, pero además de la disposición derogatoria única, también (y este es el aspecto más importante) antes de los artículos especifica los dos cambios más importantes: la autorización previa de las empresas que imparten la formación y los programas formativos.
ResponderEliminarMuchas gracias por su comentario, ahora modificamos la información.
Saludos
ResponderEliminar¿Ha habido un cambio más reciente en la normatividad?
Gracias